Solicitud de registro de importación debe presentarse en declaraciones en importación temporal para reexportación temporal (3:16 p.m.)
30 de Diciembre de 2015
Reproducir
Nota:
106267
La Dian aclaró que se deberá presentar solicitud de registro de importación en las declaraciones en importación temporal para reexportación temporal en el mismo Estado, cuando se trate de mercancías que requieran permiso, autorización o visto bueno de las entidades competentes, independientemente de que se finalice la modalidad con importación o con rexportación. Esto de conformidad con el artículo 1.3 de la Circular 019 del 2015 del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Además, precisó que la licencia de importación autoriza las importaciones del régimen de licencia previa, en tanto que el registro de importación autoriza las importaciones del régimen de libre importación, bajo los términos de los artículos 14 y 25 del Decreto 925 del 2013, respectivamente.
Opina, Comenta