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Sociedad que debe cambiar de grupo de información financiera iniciará transición el 1 de enero del año siguiente

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02 de Diciembre de 2020

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Si una sociedad o comerciante, estando clasificada en uno de los tres grupos de preparación de información financiera al finalizar un periodo, cumple con los presupuestos para obligatoriamente pasar a otro marco normativo que le sea superior en requerimientos, es decir, de Grupo 3 a Grupo 2 o de Grupo 2 a Grupo 1, y se trata de la primera vez que aplica el nuevo marco normativo, debe iniciar el periodo de transición el 1 de enero del año inmediatamente siguiente, indicó la Superintendencia de Sociedades. Durante el periodo de transición deberá llevar su contabilidad bajo el marco normativo anterior y extracontablemente bajo el nuevo marco, que es de obligatoria aplicación para la sociedad, lo que le permitirá registrar los saldos iniciales bajo el nuevo marco normativo en su contabilidad el 1 de enero de 2021 y presentar sus estados financieros de dicho periodo a la asamblea bajo el nuevo marco, ya que los del corte del año 2020 serán presentados bajo el marco anterior, para efectos de la consulta. Cabe aclarar que una sociedad que pertenece al Grupo 1 obligatoriamente no puede cambiar a otro grupo.

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