Sociedad en liquidación que decide reactivarse debe definir a qué grupo de información contable pertenece (10:04 a.m.)
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24 de Octubre de 2017
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En el evento de una sociedad que estaba en estado de liquidación y cuyo máximo órgano social ha decidido reactivarla procede, en primer término, definir la clasificación para efectos de establecer el marco técnico normativo a aplicar, es decir, si pertenece al grupo 1, 2 o 3, indicó la Superintendencia de Sociedades. Tratándose de una entidad que pertenezca al grupo 1, para la elaboración del balance de apertura se tendrá en cuenta la fecha de corte del estado financiero para la toma de decisión de reactivar la compañía, con la finalidad de seguir aplicando el marco técnico normativo, cronograma que también aplica para el grupo 3 (microempresas).
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