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Siniestro genera legitimación de las compañías de seguros para recurrir la sanción y demandarla (9:59 a.m.)

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21 de Marzo de 2018

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Con base en varias providencias precedentes, la Sección Cuarta del Consejo de Estado explicó que la resolución sanción es el acto que declara la improcedencia de la devolución y ordena el correspondiente reintegro. Por ello es el que determina la exigibilidad de la obligación garantizada. En consecuencia, afirmó la corporación, esta resolución constituye el acto que debe ser notificado a la compañía de seguros para que pueda ejercer el derecho de defensa y contradicción. Acorde con ello, concluyó que cuando ocurre el siniestro surge el interés o legitimación de las compañías de seguros, en calidad de garantes con responsabilidad solidaria, para recurrir la sanción y demandarla ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo (C. P. Milton Chaves García).

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