Si bienes públicos son explotados por terceros, son objeto del impuesto predial (3:15 p.m.)
06 de Noviembre de 2013
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Nota:
92261
Las leyes preexistentes a la Constitución de 1991 pueden convivir con las normas expedidas por las asambleas y concejos, sin que esto viole el principio de reserva de ley, afirmó la Sección Cuarta del Consejo de Estado. Entonces, el impuesto predial puede ser regulado por el Congreso y las entidades territoriales, indicó. El fallo también explicó que si los bienes de uso público son explotados económicamente por terceros, son objeto del impuesto predial, sin importar que sean administrados por cierto tipo de entes públicos o sean propiedad de la Nación, los distritos, los departamentos o municipios. La consejera Martha Teresa Briceño aclaró el voto (C. P. Hugo Bastidas).
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