Servicios de publicidad prestados por revistas de carácter científico y cultural están gravados con IVA (10:04 a.m.)
10 de Septiembre de 2019
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Nota:
113792
La Ley 1943 del 2018 introdujo cambios en el impuesto sobre las ventas (IVA), entre ellos la inclusión del numeral 31 del artículo 476 del Estatuto Tributario, según el cual están excluidos los servicios de publicidad en periódicos que registren ventas en publicidad a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior inferiores a 180 mil UVT. En este sentido, la Dian precisó, en reciente concepto, que solo están excluidos los servicios de publicidad que sean prestados por periódicos, por lo que no están contempladas las revistas de carácter científico y cultural y, por ende, los servicios de publicidad están gravados.
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