Señalan cómo determinar renta o ganancia ocasional por la venta de bienes raíces, acciones o aportes durante el año gravable 2013 (4:20 p.m.)
18 de Diciembre de 2013
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Nota:
93786
Mediante el Decreto 2921 del pasado 17 de diciembre, el Ministerio de Hacienda señaló el costo fiscal que se debe tener en cuenta para determinar la renta o ganancia ocasional, según el caso, proveniente de la enajenación de bienes raíces y de acciones o aportes, con carácter de activos fijos, que realizaron las personas naturales durante el año gravable 2013, así como el ajuste del costo de los activos en 2,40 %. La medida, que rige a partir del 1° de enero del 2014, reglamentó los artículos 70 y 73 del Estatuto Tributario.
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