Seguros en arrendamiento financiero no pueden incorporarse al reconocimiento de activos (4:33 p.m.)
18 de Enero de 2017
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Nota:
53597
Frente a una consulta relacionada con la posibilidad de incorporar en el reconocimiento los seguros en los arrendamientos financieros, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública indicó que los seguros no se añaden al importe inicial reconocido como activo por el arrendatario, ya que se trata de un contrato en el que una de las partes acepta un riesgo significativo de la otra, acordando compensar al tenedor si ocurre un evento futuro incierto que lo afecte de forma adversa. Por lo tanto, el seguro cubre un riesgo ajeno a las condiciones intrínsecas del bien objeto del arrendamiento, lo que significa que el activo no requiere del seguro para funcionar y, por ende, debe contabilizarse como un gasto al recibir el servicio de la cobertura de la compañía de seguros.
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