Secretaría de Hacienda de Bogotá establecerá condiciones de recaudo de tributos por parte de entidades financieras (10:26 a.m.)
13 de Agosto de 2013
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Nota:
125155
La Alcaldía de Bogotá, mediante Decreto 344 del pasado 8 de agosto, facultó al Secretario de Hacienda para autorizar a las entidades financieras la recepción de documentos tributarios y el recaudo de tributos, anticipos, retenciones, sanciones e intereses, teniendo en cuenta el procedimiento previsto en el Estatuto Tributario. Dicha delegación, que derogó el Decreto 307 del 2004, sobre recaudo y recepción de impuestos, incluye el establecimiento de requisitos técnicos, financieros y jurídicos que deben cumplir las entidades interesadas en los contratos de adhesión, así como las condiciones y cancelación de la vinculación.
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