Sección Cuarta recuerda y afianza postura sobre el principio de favorabilidad en materia tributaria (9:13 a.m.)
06 de Agosto de 2019
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Nota:
121222
La Sección Cuarta del Consejo de Estado concluyó recientemente que ni de la Constitución ni de la jurisprudencia vigente surge el principio de favorabilidad como un mandato que imponga la forzosa aplicación inmediata de las normas que modifican de manera beneficiosa los elementos de los tributos de periodo. En otras palaras, en el ámbito tributario la “favorabilidad” no representa un precepto que habilite al destinatario de la norma a plantear la aplicación de la disposición novedosa antes de que inicie su vigencia (C. P. Julio Roberto Piza).
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