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Se puede negar pago de salarios a funcionarios de la Dian que son vinculados a procesos penales (9:48 a.m.)

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05 de Julio de 2019

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El Consejo de Estado, a través de reciente sentencia, le negó el reintegro de salarios a un funcionario de la Dian que había sido suspendido de su cargo por haber sido privado de su libertad y, posteriormente, la recuperó por vencimiento de términos. Vale decir que el operario interpuso una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho, en aras a que se le pagaran los salarios que dejó de percibir al haber sido suspendido de su cargo, luego de que se le cobijara con medida de aseguramiento dentro de un proceso penal que enfrenta, por los cargos de concierto para delinquir, falsedad ideológica en documento público, peculado por apropiación y lavado de activos. La Sección Segunda sostuvo que el pago de los salarios procede cuando al operario que fue suspendido de su cargo, por la imposición de una medida de aseguramiento, se le desvincula de la actuación penal o no es condenado. Teniendo en cuenta que en este caso la revocatoria de la medida de aseguramiento obedece a un vencimiento en los términos, pero el demandante sigue vinculado a la investigación y sin que se defina si es responsable o no de los punibles que se le imputan, no procede ordenar el pago de los salarios, así el propio servidor haya sido reintegrado a su cargo (C. P. William Hernández).

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