Respuesta a requerimientos particulares por parte del revisor fiscal puede dar lugar a acción disciplinaria (4:23 p.m.)
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30 de Marzo de 2016
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Los únicos usuarios de los informes emitidos por parte del revisor fiscal son la asamblea o junta de socios, la junta directiva o el gerente, por lo que los requerimientos particulares solicitados al mismo deben ser direccionados a través de los organismos mencionados, de pleno conocimiento de estos o, en su defecto, mediante consulta abierta al revisor en asamblea general, con el fin de que la solicitud sea de pleno conocimiento de todos los integrantes de cualquiera de ellos, precisó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Dar respuesta a una consulta de orden particular afecta de manera directa la confidencialidad que debe guardar este profesional respecto de la información de la sociedad y puede ser motivo de acción disciplinaria ante la Junta Central de Contadores.
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