13 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 10 minutes | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Tributario


Reiteran procedencia de deducción por destrucción de inventarios (10:30 a.m.)

05 de Noviembre de 2013

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Nota:
92307
La Sección Cuarta del Consejo de Estado reiteró que el valor de los activos movibles que deban retirarse por vencimiento o destrucción y no puedan comercializarse es admisible como expensa necesaria deducible del impuesto sobre la renta. Para ello, se requiere demostrar que el hecho ocurrió en el año gravable respectivo y que la expensa tiene relación de causalidad con la actividad productora de renta, es necesaria, proporcional y no ha sido reconocida por otros medios, indicó la corporación (C. P. Hugo Bastidas).

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