Reglamentarían reforma tributaria en materia de IVA a venta de bienes muebles e inmuebles (12:01 p.m.)
15 de Febrero de 2018
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Nota:
59357
La Ley 1819 del 2016 modificó el artículo 420 del Estatuto Tributario (E. T.) estableciendo como hecho generador del IVA la venta de bienes corporales muebles e inmuebles; así mismo, modificó el artículo 468-1 gravando a la tarifa del 5 % la venta de la primera unidad de vivienda nueva que supere los 26.800 UVT. En ese mismo sentido se cambió el artículo 496 del E. T. estableciendo que solo podrán ser tomados como descontables el valor proporcional a los costos directos e indirectos atribuibles a las unidades inmobiliarias gravadas. Por todo lo anterior, el Ministerio de Hacienda acaba de publicar un proyecto de norma para reglamentar los procedimientos para la aplicación de dichas disposiciones. De esta manera se adicionarían unos artículos al Capítulo 6, Título 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 del 2016, reglamentario único en materia Tributaria. La entidad recibirá comentarios hasta el próximo 2 de marzo del 2018, a través de su página web.
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