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Reglamentan trámite para solicitar devolución de IVA por compra de materiales para VIS y VIP (5:00 p.m.)

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18 de Diciembre de 2013

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La solicitud de devolución o compensación del IVA por la compra de materiales para vivienda de interés social (VIS) y vivienda de interés prioritario (VIP) se deberá realizar en una proporción del 4 % del valor registrado en la escritura de enajenación, cuyo valor no podrá exceder el de la VIS y VIP por unidades completas de construcción. Si supera el IVA cancelado en la adquisición de materiales, solamente podrá solicitarse la devolución del porcentaje efectivamente pagado. Así lo dispuso el Ministerio de Hacienda en el Decreto 2924, expedido ayer.

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