12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 1 minute | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Tributario


Reglamentan requisitos para la procedencia de rentas exentas asociadas a la vivienda de interés social y la vivienda de interés prioritario

24 de Julio de 2020

Reproducir
Nota:
117269
Con el Decreto 1066 del 2020, el Ministerio de Hacienda desarrolló los documentos que se deben acreditar para la procedencia de las rentas exentas asociadas a la vivienda de interés social y la vivienda de interés prioritario, previstos en los literales a), b) y c) del numeral 4 del artículo 235-2 del Estatuto Tributario. Por ejemplo, los requisitos para acceder a la exención del impuesto sobre la renta en la enajenación de predios destinados al desarrollo de dichos proyectos, prevista en el literal a), son los siguientes: (i) la licencia de construcción que establezca que el proyecto a desarrollar es de vivienda de interés social y/o de interés prioritario; (ii) cuando se trate de enajenaciones realizadas de manera directa sobre el bien inmueble, se deberá presentar el certificado de tradición y libertad; (iii) documento de constitución del patrimonio autónomo donde conste como objeto exclusivo el desarrollo del proyecto y (iv) certificación expedida por la sociedad fiduciaria que administre el patrimonio autónomo donde conste que la totalidad del proyecto a desarrollar se efectuará a través del patrimonio autónomo.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)