Reglamentan procesos de devolución y compensación de saldos a favor en el CREE (10:50 a.m.)
25 de Noviembre de 2013
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Nota:
93025
El Ministerio de Hacienda expidió la reglamentación para la depuración de la base gravable del impuesto sobre la renta para la equidad – CREE, con el propósito de facilitarle a los contribuyentes la determinación del impuesto a cargo. De igual manera, entregó los criterios para regular los procedimientos de devolución y compensación de los saldos a favor. La solicitud de devolución y/o compensación deberá presentarse, a más tardar, dos años después de la fecha de vencimiento del término para declarar, ser presentada personalmente por el sujeto pasivo, por su representante legal o a través de apoderado y cumplir con los requisitos generales establecidos en el artículo 2° del Decreto 2277 del 2012. Según la norma, en el mismo acto que ordene la devolución se compensarían las deudas y obligaciones, compensando en primer lugar las deudas por concepto del impuesto, de acuerdo con las reglas establecidas en el Estatuto Tributario.
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