Reglamentan procedimiento para compensación por disminuciones de recaudo de derechos de explotación de juegos de apuestas (2:22 p.m.)
12 de Diciembre de 2012
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Nota:
85221
El Ministerio de Hacienda definió el procedimiento para llevar a cabo la compensación por disminuciones de recaudo por derechos de explotación de juegos de apuestas permanentes o chance, frente a lo recaudado por este mismo concepto en el año 2009. Los departamentos y el Distrito Capital deberán presentar al ministerio, en cinco días hábiles, la solicitud de compensación correspondiente a los años 2010 y 2011. Indicó también que las solicitudes de compensación correspondientes al 2012 y en adelante deberán ser presentadas, a más tardar, el 30 de abril del año siguiente al que se pretende compensar, y estas deben contener el valor anual del recaudo en pesos corrientes del mismo año. Por último, aclaró que para cada entidad territorial Minhacienda calculará la diferencia entre el valor recaudado del año a compensar y lo recaudado en el 2009.
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