Reglamentan la retefuente para entidades públicas (3:57 p.m.)
16 de Abril de 2013
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Nota:
88271
Para mejorar la eficiencia del recaudo y evitar costos innecesarios en el proceso de recaudación de la retención en la fuente practicada a título del impuesto sobre la renta y del IVA por parte de las entidades ejecutoras del presupuesto general de la Nación, el Ministerio de Hacienda fijó las condiciones en las cuales deben pagarse las retenciones citadas, asegurando su control. Señaló que dichas retenciones deben informarse a través del Sistema Integrado de Información Financiera SIIF-Nación, en el momento del pago. Y precisó que deberán constar en comprobantes electrónicos que por cada pago deben generar teniendo en cuenta el concepto del pago efectivamente realizado objeto de la retención. De igual manera, señaló que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, mediante resolución, deberá indicar el periodo a partir del cual deberán consignarse las retenciones en la fuente, y podrá señalar los conceptos de retención a los cuales aplica.
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