Quienes por sus operaciones fueron calificados como grandes contribuyentes facturarán electrónicamente (4:10 p.m.)
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15 de Febrero de 2018
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La Dian seleccionó para facturar electrónicamente de manera obligatoria a todos los contribuyentes, responsables y agentes de retención que se encuentren calificados como grandes contribuyentes en la Resolución 0076 de 1º de diciembre del 2016, exceptuando a quienes mediante las resoluciones 003 y 1304 del 2017 fueron excluidos de la mencionada calificación. Los seleccionados deberán cumplir con la obligación formal a través de los sistemas de factura o documento equivalente que actualmente se encuentran establecidos por la ley y el reglamento, hasta tanto surtan los procedimientos para la implementación de la factura electrónica dentro de los términos establecidos en el Decreto 2242 del 2015. De manera excepcional y solo en el caso de presentarse inconvenientes de tipo tecnológico, los seleccionados deberán elevar la correspondiente solicitud, informando antes del 1° de junio del 2018 a la Dirección de Gestión de Fiscalización de la Dian el tiempo adicional que con ocasión de dichos inconvenientes requieren para implementar la facturación sin que este exceda de tres meses.
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