Quienes por sus operaciones fueron calificados como grandes contribuyentes facturarían electrónicamente (10:31 a.m.)
21 de Noviembre de 2017
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Nota:
57586
La Dian seleccionaría para facturar electrónicamente de manera obligatoria a todos los contribuyentes, responsables y agentes de retención que se encuentren calificados como grandes contribuyentes en la Resolución 0076 de 1º de diciembre de 2016, para las vigencias 2017 y 2018, lo anterior de conformidad con lo dispuestos en el parágrafo transitorio segundo del artículo 308 de la Ley 1819 del 2016, que modifica el artículo 616–1 del Estatuto Tributario (E. T.), con fundamento en la característica de menor esfuerzo que indica la citada disposición. Así lo indicó la entidad en un reciente proyecto de norma. La obligación debería cumplirse una vez entre en vigencia la resolución, no obstante, aquellos seleccionados que para la fecha de publicación de la misma demuestren que diariamente expiden una cantidad de facturas superior a 2´452.749, tendrían tres meses adicionales para iniciar su facturación electrónica, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 684-2 del E. T. La entidad recibirá comentarios y sugerencias sobre el proyecto hasta el 24 de noviembre del 2017, a través del correo sd_fistrib_facturaelectronica@dian.gov.co.
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