¿Qué vigencia tiene el RUT?
12 de Octubre de 2021
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) recordó a los contribuyentes y a la ciudadanía en general que el registro único tributario (RUT) no tiene vigencia y, en consecuencia, si el contribuyente no tiene ninguna actualización que hacer a este documento no se debe exigir su renovación.
El artículo del Decreto 1625 del 2016 (decreto único reglamentario del sector Hacienda) que señala este tema es el siguiente:
"Artículo 1.6.1.2.7. inscripción en el registro único tributario (RUT). Es el proceso por el cual las personas naturales, jurídicas y demás sujetos de obligaciones administradas por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), obligados a inscribirse, se incorporan en el RUT, con el cumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en el presente capítulo.
PARÁGRAFO. Sin perjuicio de las actualizaciones a que haya lugar, la inscripción en el Registro Único Tributario (RUT) tendrá vigencia indefinida y, en consecuencia, no se exigirá su renovación". (Lea: Así sería el trámite de inscripción y actualización del RUT a través de las cámaras de comercio)
La entidad resalta que quien solicite el RUT debe tener en cuenta que si una persona se inscribió en el año 2015 y su información no ha cambiado, entonces su RUT sigue vigente.
Ahora bien, lo que puede hacer una persona a quien le exigen un RUT donde se vea la fecha y hora actual es generar una copia ingresando a los servicios en línea y en la parte inferior derecha se pueden verificar los datos de generación del PDF.
¿Cuándo debo actualizar el RUT?
La actualización del RUT es el procedimiento que permite efectuar modificaciones o adiciones a la información contenida en el registro, acreditando los mismos documentos exigidos para la inscripción. La actualización del RUT procede cuando se modifiquen o adicionen los datos consignados originalmente en este registro en cualquiera de sus elementos constitutivos: identificación, ubicación o clasificación.
¿Qué costo tienen las actualizaciones que se hagan en el RUT?
La actualización en el RUT es gratis.
¿En qué momento se debe actualizar el RUT y de quién es la responsabilidad?
Es responsabilidad de los obligados actualizar la información contenida en el RUT, a más tardar dentro del mes siguiente al hecho que genera la actualización.
¿Puedo realizar cualquier cambio de información del RUT a través de los servicios del portal?
Se puede modificar cualquier información de las 7 hojas del RUT, a excepción de los siguientes casos:
- Información de datos de identificación.
- Dirección (casilla 41). La actualización virtual de la información relativa a los datos de dirección en el RUT no podrá exceder de 2 modificaciones dentro de un periodo de 6 meses, de lo contrario se deberá efectuar el trámite de forma presencial con previo agendamiento de cita.
- En el campo 53 correspondiente a Responsabilidades Tributarias, Aduaneras y Cambiarias no podrá eliminar ningún código. Puede adicionarlas, exceptuando aquellas que son conferidas por resolución de la DIAN como son Autor retenedor, Gran Contribuyente, Profesional en la Compra y Venta de Divisas y Agente de Retención en Ventas.
- Información de usuarios Aduaneros (casilla 54).
- En el campo 53 correspondiente a Responsabilidades Tributarias, Aduaneras y Cambiarias no podrá cambiar la responsabilidad de renta ordinaria a renta especial hasta que se realice y acepte la solicitud de calificación, readmisión o actualización, este proceso de cambio de responsabilidad se realizará de manera oficiosa por parte de la Dian.
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