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Así sería el trámite de inscripción y actualización del RUT a través de las cámaras de comercio

La norma también definiría la coordinación técnica para la formalización de los trámites de inscripción y el acceso de las cámaras a los servicios informáticos de la Dian.
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27 de Agosto de 2021

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La Dian publicó un proyecto de norma para regular el trámite de inscripción y actualización del Registro Único Tributario (RUT) a través de las Cámaras de Comercio, se establecen sus características técnicas.

Así, la norma faculta a las Cámaras de Comercio para que a través de sus sistemas registrales se capture la información necesaria para la inscripción y actualización del RUT en línea con la estrategia de racionalización de trámites del Ministerio de Comercio. (Lea: Estos servicios digitales le ayudarán con la declaración de renta)

Quienes se encuentren obligados a inscribirse en el RUT y en el Registro Mercantil deberán suministrar la información en el formulario Registro Único Empresarial y Social (RUES) administrado por las Cámaras de Comercio, incluyendo toda la información que sea requerida para la inscripción en el registro tributario, así esta no sea necesaria para la inscripción en el mercantil, aportando los documentos exigidos para su formalización. Esta información será compartida a la DIAN mediante el servicio de interoperabilidad.

La solicitud de la inscripción en el RUT a través de las Cámaras de Comercio se realizará:

         i.            Directamente por el interesado o por quien ejerza la representación legal, acreditando la calidad correspondiente.

       ii.            A través de apoderado debidamente acreditado, el cual no requiere tener la calidad de abogado.

Esta solicitud podrá realizarse en forma presencial o a través de mecanismos digitales dispuestos por las Cámaras de Comercio.

Los documentos que se deben acreditar a la cámara para la inscripción son los establecidos en el artículo 1.6.1.2.11. del Decreto 1625 del 2016. Cuando los entes camerales cuenten con mecanismos de autenticación biométrica con nuevas tecnologías, la identificación se realizará a través de estas sin que se requiera presentar la fotocopia del documento de identificación y/o la exhibición del original.

La norma también definiría la coordinación técnica para la formalización de los trámites de inscripción y el acceso de las cámaras a los servicios informáticos de la Dian.

 

La entidad recibirá comentarios hasta el próximo 30 agosto, a través del buzón  asistenciainterna@dian.gov.co.

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