Proponen porcentaje que no constituiría renta ni ganancia ocasional en rendimientos financieros (4:30 p.m.)
07 de Marzo de 2013
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Nota:
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Por el año gravable 2012, no constituiría renta ni ganancia ocasional el 41,71 % del valor de los rendimientos financieros percibidos por las personas naturales y sucesiones ilíquidas no obligadas a llevar libros de contabilidad, en los términos de los artículos 38, 40-1 y 41 del Estatuto Tributario, propuso el Ministerio de Hacienda. Igual porcentaje se aplicaría para las utilidades que los fondos mutuos de inversión, los fondos de inversión y los fondos de valores distribuyan o abonen en cuenta a esas personas. Para el impuesto sobre la renta por el año gravable 2013, se presumiría que todo préstamo en dinero que otorguen las sociedades a sus socios o accionistas o viceversa generaría un rendimiento mínimo anual y proporcional al tiempo de posesión del 5,27 %. La iniciativa, publicada por la DIAN, estará disponible para comentarios hasta mañana 8 de marzo, a través del correo electrónico comentariossugeranciasaproyectos@dian.gov.co.
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