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Noticias / Tributario


JCC y Dian ordenan materializar sanciones contra contadores públicos

14 de Marzo de 2018

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En virtud de los principios de eficiencia y eficacia administrativa contemplados en la Ley 1437 del 2011, la Junta Central de Contadores (JCC) y la Dian han decidido coordinar sus acciones para materializar los efectos de los actos administrativos sancionatorios de contadores públicos y entidades prestadoras de servicios de la ciencia contable, emitidos por ambas entidades. (Lea: ¿Contador puede interrumpir servicios si no le pagan?)

 

Para tal efecto, las cámaras de comercio en el territorio nacional procederán de la siguiente forma:

 

i.Inscribir y certificar en el registro público la información de la sanción impuesta al contador público o entidades que figuren inscritos como revisores fiscales, indicando como mínimo el tipo de sanción, el número de la resolución de sanción, la fecha de ejecutoria del acto administrativo, fecha de inicio y fecha de finalización de la sanción.

 

ii.Abstenerse de inscribir en el registro público el nombramiento del revisor fiscal, principal o suplente, sean personas naturales o jurídicas, que tengan vigentes sanciones disciplinarias de suspensión o cancelación de la inscripción o registro.

 

iii.Retirar de oficio la certificación de la sanción impuesta por la Dian y/o la JCC una vez haya transcurrido el término de vigencia que haya sido reportado. (Lea: Conozca las nuevas tarifas de trámites y servicios de la Junta Central de Contadores)

 

Este nuevo procedimiento procura garantizar que quienes sean usuarios de los servicios de la ciencia contable acudan a profesionales y firmas que cuenten con inscripción y registro vigente ante los entes de supervisión, inspección y vigilancia.

 

JCC, Documento, Feb. 15/18

 

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