¿Procede devolución del IVA por compra de materiales para construir vivienda de interés social? (11:53 a.m.)
22 de Mayo de 2019
Reproducir
Nota:
111750
A la luz del parágrafo 2º del artículo 850 del Estatuto Tributario, la Sección Cuarta del Consejo de Estado precisó que tienen derecho a la devolución del impuesto sobre las ventas (IVA) quienes adquieran materiales para la construcción de vivienda de interés social, en planes debidamente aprobados por el Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana (Inurbe, en liquidación), o por quien este organismo delegue. De igual forma indicó que el Gobierno Nacional, mediante el Decreto 1243 del 2001, reglamentó el procedimiento de las devoluciones de este tributo en relación con los materiales de construcción. Conozca los casos por los cuales se puede rechazar esta solicitud, en el texto adjunto (C. P. Jorge Octavio Ramírez Ramírez).
Opina, Comenta