Precisan evento en que materias primas incorporadas a un bien procedente de zona franca están exentas de IVA (9:15 a.m.)
05 de Mayo de 2017
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Nota:
55727
Las materias primas y los servicios incorporados a un bien procedente de zona franca, siempre y cuando sean necesarias para el desarrollo del objeto social del usuario industrial, están exentas del impuesto sobre las ventas, de acuerdo con lo previsto en el literal e) del artículo 481 del Estatuto Tributario, precisó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. El componente nacional incorporado a un bien de propiedad de un usuario industrial de zona franca que salió temporalmente para procesamiento parcial al territorio aduanero nacional y que será reingresado a la zona franca se considera exportación, en los términos del artículo 383 de la Resolución 4240 del 2000.
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