Precisan desde cuándo corre el término para notificar la decisión de un recurso de reconsideración (10:38 a.m.)
18 de Noviembre de 2016
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Nota:
52802
La Sección Cuarta del Consejo de Estado recordó que el acto que decide el recurso de reconsideración debe notificarse personalmente y en caso de que no sea posible debe hacerse por edicto. Para que se surta la notificación personal del acto la administración debe enviar por correo un aviso de citación al interesado, quien dentro de los 10 días siguientes debe comparecer a las oficinas de la entidad a conocer la decisión. Precisamente, el alto tribunal precisó que este plazo se cuenta a partir de la fecha de introducción al correo del aviso de citación y no de la del recibo de esta, pues no puede confundirse el aviso de citación con la notificación por correo (C. P. Martha Teresa Briceño).
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