Precisan cuándo los contribuyentes del régimen simple de tributación no son responsables del IVA
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14 de Septiembre de 2020
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De acuerdo con lo previsto en el parágrafo 4 del artículo 437 del Estatuto Tributario, no son responsables del impuesto sobre las ventas (IVA) los contribuyentes del régimen simple de tributación cuando únicamente desarrollen una o más actividades establecidas en el numeral 1 del artículo 908 (tiendas pequeñas, minimercados, micromercados y peluquerías) . Por lo tanto, indicó la Dian, cuando los contribuyentes del régimen simple de tributación desarrollen las actividades mencionadas y adicionalmente otras actividades incluidas en los demás numerales del artículo señalado serán responsables respecto a la totalidad de las actividades, según las disposiciones correspondientes.
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