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Actualizado hace 9 minutes | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Tributario


Nuevo régimen sancionatorio de transporte, aprobado en último debate (8:25 a.m.)

19 de Mayo de 2016

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Nota:
107345
Una extensa reforma al Código de Tránsito fue aprobada ayer por la plenaria del Senado, en cuarto debate. La iniciativa está compuesta por 122 artículos y pretende modificaciones a la estructura administrativa y funcional de la actual Superintendencia de Puertos y Transporte, la cual cambiaría su nombre a Superintendencia de Transporte, Puertos e Infraestructura. También se fijaría una contribución especial para dicha entidad, con el fin de financiar su costo operativo. En cuanto al régimen sancionatorio, siempre según la ponencia, se establecerían multas de hasta 30 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) a quien transporte mercancías con peso superior al autorizado sin portar el permiso correspondiente. Además, quien incremente o disminuya el régimen tarifario legalmente establecido sería sancionado con multas entre 20 y 30 SMLMV. También se modificarían varias sanciones relacionadas con las empresas prestadoras del servicio de transporte cuando incurran en una de las más de 40 conductas señaladas en la reforma. Los dueños de vehículos de carga pesada de operación nacional y los propietarios de taxis no se quedan por fuera del régimen sancionatorio y el tope de las multas también fue fijado en 30 SMLMV. Lo propio ocurrirá con las infracciones cometidas por las terminales de transporte. En cuanto al procedimiento administrativo sancionatorio, podrá iniciarse de oficio, a petición de parte, por traslado de autoridades o por queja de cualquier ciudadano. El régimen de notificaciones se ceñirá a lo previsto por la Ley 1437 del 2011, se dará apertura al procedimiento, se traslada para pruebas y se fijará la sanción. También se establecen los parámetros para la aplicación del procedimiento verbal contenido en la iniciativa. Por último, se modifica la vigencia de las licencias de conducción, la cual será de 10 años para conductores menores de 60, de cinco años para personas entre 60 y 80 años y de un año para mayores de 80 años de edad, esto tratándose del servicio privado de transporte.

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