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Notificación electrónica en materia tributaria no ha entrado en operación: DIAN (8:00 a.m.)

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107001

09 de Junio de 2016

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Aunque el artículo 566-1 del Estatuto Tributario, adicionado por la Ley 1111 del 2006, establece la notificación electrónica, indicando que se realizará en la dirección electrónica o sitio electrónico que asigne la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales a los contribuyentes, responsables, agentes retenedores o declarantes que opten de manera preferente por esta forma de notificación, con las condiciones técnicas que establezca el respectivo reglamento, la disposición también prevé que su aplicación tendrá lugar a partir de la fecha que para el efecto indique el Gobierno, por lo que la misma no ha entrado en operación, aclaró la entidad. 

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