Municipios pueden establecer impuesto sobre telégrafos y teléfonos urbanos (3:38 p.m.)
105499
09 de Febrero de 2016
Escucha esta noticia audio generado con IA
La Ley 97 de 1913 autorizó al Concejo de Bogotá para la creación de algunos impuestos, organización de su cobro y destinación, entre ellos, el impuesto sobre telégrafos y teléfonos urbanos, el cual no recae sobre la telefonía celular, ya que la autorización legal no la incluye. Posteriormente, la Ley 84 de 1915 determinó que los concejos municipales en general tendrían las mismas atribuciones mencionadas y podrían establecer el tributo. Así las cosas, indicó el Ministerio de Hacienda, cada municipio puede establecerlo y definir la totalidad de elementos estructurales, dentro de los límites de la Constitución y la ley. En cuanto a la destinación de los recursos obtenidos, la entidad señaló que no existe norma que establezca algo sobre el particular.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!