Modifican reglas para presentar ante la Dian información sobre documentos aduaneros
20 de Octubre de 2016
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Nota:
123004
La Dian modificó el artículo 1º de la Resolución 4083 de 1999, para señalar en esta norma las nuevas reglas que permitan a los intermediarios del mercado cambiario y a los titulares de cuentas de compensación presentar ante la administración tributaria la información relacionada con los documentos aduaneros, o los que hagan sus veces, y los valores pagados a la mercancía amparada en dichos documentos a través de estas entidades y cuentas. Entonces, dicha información debe ser indicada por los importadores y/o exportadores al intermediario del mercado cambiario en el momento de la presentación de la respectiva declaración de cambio por importaciones de bienes o la declaración de cambio por exportaciones de bienes que canalice el pago o el reintegro de la operación de comercio exterior. Igualmente, puntualiza la descripción y formatos para el reporte a la Dian. Para la aplicación de las disposiciones se entenderá que la factura comercial emitida por el vendedor de los bienes es el documento que hace las veces de la declaración de importación o de la declaración de exportación, tramitadas por el régimen de tráfico postal o por el régimen de envíos de entrega rápida o mensajería expresa.
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