Mincomercio, competente para pronunciarse sobre la corrección de registros y licencias de importación
10 de Diciembre de 2020
Reproducir
Nota:
119736
Los argumentos del Concepto 50484 del 2019, sobre corrección a la licencia de importación y nacionalizaciones parciales, no han cambiado, a pesar de que el mismo se expidió con base en los decretos 2685 de 1999 y 3803 del 2006, los cuales fueron derogados y sustituidos por los decretos 1165 del 2019 y 925 del 2013, respectivamente, por lo que se entiende actualizado y modificado. Así las cosas, señaló la Dian, la competencia en la expedición y administración tanto del registro de importación como de la licencia de importación corresponde al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, de manera que es esta entidad la que debe pronunciarse sobre posibles corrección o modificación de estos documentos. En lo que corresponde a las verificaciones operativas que debe hacer la autoridad aduanera respecto de los documentos soportes, llámense registros y licencias de importación, estos deben soportar las mercancías objeto de importación, en cuanto a descripción, cantidades y valores.
Opina, Comenta