Prohibición para que el revisor fiscal actúe como tal en cinco sociedades aplica a las SAS
08 de Septiembre de 2022
De acuerdo con lo previsto en el artículo 215 del Código de Comercio, sobre requisitos y restricciones para ser revisor fiscal, además de ser contador público, debe tener en cuenta que no podrá ejercer el cargo en más de cinco sociedades por acciones.
Aunado a las sociedades anónimas y en comandita por acciones a que hace referencia la restricción mencionada, la Ley 1258 del 2008 creó las sociedades por acciones simplificadas, más conocida como SAS, las cuales se suman a la limitante para ejercer como revisor fiscal en más de cinco sociedades por acciones.
Por lo tanto, indicó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, al momento de ejercer la revisoría fiscal en una SAS, el contador público deberá verificar que no se exceda de cinco, so pena de incurrir en una violación a la norma por constituirse una inhabilidad.
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