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Tributario


Determinación del valor razonable sin costos desproporcionados no exime de realizar el mejor esfuerzo

Las normas internacionales de información financiera para Pymes indican que se debe medir de manera fiable en cada fecha sobre la que se informa.
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15 de Mayo de 2017

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Aunque el párrafo 16.7 de la sección 16 de las normas internacionales de información financiera para Pymes indica como requisito que el valor razonable de las propiedades de inversión se mida de manera fiable sin costo o esfuerzo desproporcionado en cada fecha sobre la que se informa, esto no exime a la entidad de realizar su mejor esfuerzo para respetar los criterios y buscar la mejor estimación posible del valor razonable.

 

Dicho valor, indicó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, no necesariamente corresponde a un precio cotizado, incluso si se trata de una entidad que pertenece al grupo 2. Por ejemplo, si es posible medir el valor razonable mediante el uso del cálculo de valor presente de los flujos futuros asignables al activo en ausencia de un precio de referencia, este método sería aceptable para medir.

 

Así mismo, se puede establecer por el enfoque del costo, determinando el costo de reposición, si es que este enfoque es adecuado en función del uso del activo.    

 

De otra parte, la entidad recordó que en el caso de este tipo de activos el valor razonable tampoco exige la contratación de un valuador si es posible obtenerlo sin tener que hacerlo, por ejemplo, considerando el tipo de bien, ubicación y uso.

 

La normativa en mención establece directrices para la determinación del valor razonable. Para ello, se puede consultar el anexo 2 del Decreto 2496 del 2015, párrafos 11.27 a 11.32. Con mayor detalle en los párrafos 2.14A, 2.14B, 2.14C y 2.14D de la sección 2.

 

CTCP (Consejo Técnico de la Contaduría Pública), Concepto 176, 28/02/17

 

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