11 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 5 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Tributario


Medidas para la importación de cemento a los departamentos de Amazonas y Guainía

29 de Mayo de 2020

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Nota:
116364
La importación de cemento, clasificable en la partida 25.23 del Arancel de Aduanas, podrá realizarse vía fluvial y terrestre por los departamentos de Amazonas y Guainía, exclusivamente por los puertos de Leticia e Inírida, de acuerdo con el cupo, término de su otorgamiento y las condiciones de este establecidas por la Subdirección de Control y Fiscalización de Sustancias Químicas y Estupefacientes del Ministerio de Justicia. El cemento así importado deberá ser destinado al consumo interno en estos departamentos. La importación de cemento estará sujeta a declaración de importación anticipada obligatoria, la cual deberá presentarse con una antelación no superior a 15 días calendario y no inferior a 5 días calendario a la llegada de este.

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