11 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 55 minutes | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Tributario


Internación temporal de un vehículo no es un impuesto: Minhacienda (8:35 a.m.)

19 de Septiembre de 2017

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Nota:
57258
En reciente concepto, el Ministerio de Hacienda aclaró que la internación temporal de un vehículo no es un impuesto, sino una medida administrativa en virtud de la cual se autoriza a los residentes de las unidades especiales de desarrollo fronterizo la internación temporal de vehículos, motocicletas y embarcaciones fluviales menores con matrícula del país vecino. De acuerdo con lo previsto en la Ley 488 de 1998, es obligación de los interesados en solicitar o renovar la internación temporal de vehículos proceder con el cumplimiento de las obligaciones formales y sustanciales derivadas del impuesto sobre vehículos automotores, para lo cual deben tenerse en cuenta los elementos estructurales del tributo.

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