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Ingresos percibidos por planes voluntarios de salud están sometidos al impuesto de industria y comercio (12:12 p.m.)

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17 de Marzo de 2020

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Los planes voluntarios de salud son un conjunto de beneficios opcionales y voluntarios, cuya responsabilidad exclusiva recae en el particular, pero es necesario que el usuario esté previamente afiliado al Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) como cotizante o beneficiario. La prestación de estos servicios no está a cargo del Estado, sino que son ofrecidos por EPS, entidades adaptadas al SGSSS, compañías de medicina prepagada y aseguradoras. Por lo tanto, precisó el Ministerio de Hacienda, citando jurisprudencia del Consejo de Estado, los ingresos percibidos por la prestación de los mencionados servicios sí están sometidos al impuesto de industria y comercio, pues al tratarse de recursos que no provienen del SGSSS, no están incluidos en la desgravación que prevé el artículo 111 de la Ley 788 del 2002 ni a la protección del artículo 48 de la Constitución Política.  

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