Inexequibles por consecuencia las medidas tributarias de la emergencia económica nacional
Se deberán devolver los recursos recaudados hasta el momento. No hay nada que devolver: Petro.
15 de Abril de 2026
Teniendo en cuenta la Sentencia C-075 del 2026, mediante la cual la Corte Constitucional declaró inexequible el Decreto 1390/25, por el cual se declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio nacional, se declaró inexequible, por consecuencia el Decreto Legislativo 1474 del 2025, por el cual se adoptan medidas tributarias para atender gastos presupuestales y hacer frente a la emergencia.
Estos son los alcances y las órdenes de la decisión, que tuvo una votación unánime de 8-0:
1. Que los impuestos directos que fueron modificados o se hayan causado mientras el Decreto Legislativo 1474/25 produjo efectos no sean objeto de declaración, liquidación o cobro por parte de la DIAN y que se devuelvan los que se hayan pagado anticipadamente (Lea: Estas son las medidas tributarias de la emergencia económica).
2. Que los impuestos indirectos pagados mientras el Decreto Legislativo 1474/25 produjo efectos sean devueltos a los sujetos pasivos que materialmente hayan realizado el pago y así lo acrediten, para lo cual la DIAN aplicará, dentro de los 30 días siguientes a la notificación de la sentencia, los mecanismos legales existentes o dispondrá la adopción de uno específico para ese efecto, si fuere necesario.
3. Que se mantengan incólumes las situaciones jurídicas consolidadas respecto de los contribuyentes que acreditaron las condiciones exigidas para acceder a los beneficios tributarios previstos en el Decreto Legislativo 1474/25 mientras este produjo efectos. (Lea: Corte declara inexequible decreto que declaró emergencia económica en todo el país)
Aclararon su voto los magistrados Vladimir Fernández Andrade y Héctor Carvajal Londoño. El magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar no participó en la decisión (M. P. Juan Carlos Cortés González).
No hay nada que devolver: Petro
En reacción a esta decisión, el presidente Gustavo Petro dijo que no se cobraron los impuestos de la emergencia económica, por lo que no hay nada que devolver.
Los impuestos que tumba la Corte de la emergencia económica no se cobraron. Así que no hay nada que devolver.
— Gustavo Petro (@petrogustavo) April 15, 2026
Solo se logró los pagos de deudores antiguos de la DIAN que lograron beneficios tributarios. El mecanismo terminó suspendido por la Corte Constitucional. https://t.co/YTqjsu3KRY
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