Inexequibles disposiciones sobre liquidación de la adición del presupuesto general de la Nación
26 de Junio de 2020
La Corte Constitucional declaró exequibles los artículos 1º, 2º, 6º y 7º del Decreto 519 del 2020, que adicionó el presupuesto general de la Nación de la vigencia fiscal 2020 y efectuó su correspondiente liquidación, en el marco del estado de emergencia económica, social y ecológica. Igualmente, declaró inexequibles los artículos 3º, 4º y 5º por no haber superado el juicio de necesidad, ya que podían haber sido expedidos por el Presidente en uso de facultades ordinarias. La Corporación indicó que esta adición es para fortalecer el sistema de salud, brindar apoyo a la población desprotegida y contrarrestar la afectación de la estabilidad económica y social, por lo que es constitucional. No obstante, la liquidación dispuesta como medida de excepción no, toda vez que corresponde a facultades ordinarias del Ejecutivo. Los magistrados Carlos Bernal Pulido, Luis Guillermo Guerrero y Alejandro Linares presentaron salvamento parcial de voto. Por su parte, su homólogo Antonio José Lizarazo Ocampo salvó voto (M. P. Gloria Stella Ortiz Delgado).
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