Inexactitud de datos contables en una declaración tributaria no comprende diferencias de criterio entre contadores (2:46 p.m.)
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29 de Octubre de 2019
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La inexactitud de datos contables consignados en una declaración tributaria, en los términos del artículo 660 del Estatuto Tributario, sobre la suspensión de la facultad de firmar declaraciones y certificar pruebas con destino a la administración tributaria, hace referencia a errores o fraudes materiales cometidos por parte de los responsables de la elaboración de la información financiera de la entidad y no comprende las diferencias de criterio que puedan presentarse entre dos contadores al momento de determinar el reconocimiento, medición, presentación o revelación. Así lo precisó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, en reciente concepto.
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