Indican desde cuándo prescribe la sanción por no informar cuando se impone mediante resolución independiente (1:58 p.m.)
19 de Octubre de 2017
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Nota:
58075
La Sección Cuarta del Consejo de Estado recordó que tratándose de la sanción por no informar el término de dos años para formular el respectivo pliego de cargos, cuando la sanción se impone mediante resolución independiente, debe contarse a partir de la fecha en que se presentó o debió presentarse la declaración de renta o de ingresos y patrimonio del año durante el cual el sujeto estaba obligado a entregar la información. Esta interpretación, a juicio de la Sala, favorece la seguridad jurídica, principio que apunta a la estabilidad de la persona dentro del ordenamiento, de forma tal que la certeza jurídica en las relaciones de derecho público o privado prevalezca sobre cualquier expectativa, indefinición o indeterminación (C. P. Stella Jeannette Carvajal).
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