Impuestos causados en el año gravable pueden ser factores determinantes del patrimonio bruto y restados de su base (11:06 a.m.)
27 de Junio de 2016
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Nota:
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Los impuestos causados entre el periodo del 1 de enero a 31 de diciembre del respectivo año gravable, al ser considerados deudas ciertas, claras y vigentes en cabeza del contribuyente, pueden ser factores determinantes para la determinación del patrimonio bruto y, por lo tanto, pueden ser restados de su base, no así la provisión de impuestos, precisó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. La provisión para impuesto sobre la renta no es aceptada como deducción por no estar autorizada expresamente, por no tener la naturaleza de gasto y porque si se aceptara su deducibilidad se haría nugatorio el pago del impuesto, agregó.
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