Impuesto de industria y comercio se causa en el municipio donde se convienen el precio y la cosa vendida (9:22 a.m.)
12 de Agosto de 2019
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Nota:
121156
A la Sección Cuarta del Consejo de Estado le correspondió determinar si un contribuyente se encontraba sujeto al deber formal de presentar declaración del impuesto de industria y comercio en el municipio de Florida por el año gravable 2012 y si, por tal circunstancia, cabía sancionarlo al desatender dicho deber. El criterio en el que se apoyó la Sala para anular los actos administrativos con los que se sancionó a la demandante sostiene que la actividad comercial se realiza en la jurisdicción del municipio donde se perfecciona o consolida la venta, lo que acaece cuando las partes intervinientes concretan los elementos esenciales del contrato de venta. Así, el impuesto se causa en aquel municipio donde se convienen el precio y la cosa vendida (C. P. Julio Roberto Piza).
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