Gobierno reversa medida que redujo de 16 a 5 días el tiempo máximo que bancos pueden conservar los recaudos de impuestos (8:05 a.m.)
04 de Agosto de 2010
Reproducir
Nota:
67854
El Ministerio de Hacienda acaba de derogar la Resolución 1817 del pasado 28 de junio, que redujo a cinco días calendario el tiempo máximo que las entidades financieras pueden conservar los recaudos de impuestos nacionales, como contraprestación por el giro de esos dineros al tesoro y la entrega de información a la DIAN. La nueva disposición señala que dicho término, denominado índice de consignación, que desde el año 2000 y hasta finales de junio de este año no podía superar los 16 días calendario para cada entidad, a partir del próximo 1° de septiembre, no podrá superar los 12 días, de los cuales, seis serán fijos y otros seis, variables. La variabilidad se determina según la calidad, el volumen de documentos y la oportunidad de la información, de acuerdo con lo establecido por la DIAN. A partir del 1° de marzo del 2011, el índice será de nueve días (cuatro fijos y cinco variables), que disminuye a siete días (tres fijos y cuatro variables), a partir del 1° de septiembre del 2011, y a cinco días (dos fijos y tres variables), a partir del 1° de marzo del 2012. Para el presente mes de agosto, se aplicará el índice de consignación del mes de julio del 2010, agrega la norma.
Opina, Comenta