Funciones del representante legal y el contador no pueden ser desempeñadas por la misma persona
29 de Octubre de 2020
Reproducir
Nota:
118180
No existe una norma legal que tenga un impedimento expreso o tácito para que el representante legal pueda ser simultáneamente el contador. No obstante, señaló el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, por razones de ética y de control interno, no es conveniente que las funciones del representante legal y del contador sean ejercidas por la misma persona, ya que esto implica una concentración de funciones que puede ser de alto riesgo para la entidad. Así las cosas, cuando se preparen los estados financieros, el representante legal que, a su vez, desarrolla funciones de contador solo podría firmar el estado financiero utilizando una de sus calidades, pues no podría predicarse que los estados financieros cumplen el requisito de certificación, en los términos del artículo 37 del Código de Comercio.
Opina, Comenta