Firma del revisor fiscal en los estados financieros garantiza el cumplimiento de las aseveraciones a que se refiere la NIA 315 (3:05 p.m.)
23 de Septiembre de 2016
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Nota:
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La firma de los estados financieros por parte del revisor fiscal garantiza que la información consolidada en los mismos cumple a cabalidad con las aseveraciones a que se refiere la Norma Internacional de Auditoría (NIA 315), sobre identificación y evaluación del riesgo de error material a través del conocimiento y la compresión de la entidad y su entorno. Ante la ausencia temporal o permanente del revisor, el suplente debió haber actuado en su nombre para dar cumplimiento a esta función, indicó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública. En el caso bajo análisis, los revisores fiscales actuales deberán realizar las pruebas necesarias sobre las transacciones efectuadas durante el año 2016, con el fin de obtener evidencia valida y suficiente acerca de la razonabilidad de los mismos, con el fin de emitir un dictamen al 31 de diciembre, y la administración establecerá en conjunto con ellos los honorarios adicionales que se pacten para el desarrollo de la labor.
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