Fijarían procedimiento único simplificado de IVA para prestadores de servicios desde el exterior (10:00 a.m.)
13 de Junio de 2018
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Nota:
122606
La Dian permitiría, a través un procedimiento único simplificado del impuesto sobre las ventas (IVA), a los prestadores de servicios desde el exterior cumplir con sus obligaciones tributarias en calidad de responsables, entre ellas las de declarar y pagar lo previsto en el parágrafo 2 del artículo 437 del Estatuto Tributario (E. T.). Únicamente estarían sujetos a este procedimiento los responsables sin residencia o sin domicilio en Colombia que presten servicios desde el exterior, gravados con IVA en Colombia, a sujetos que no estén en la obligación de practicarles la retención prevista en el numeral 3 del artículo 437-2 del E. T. Para el cumplimiento de sus obligaciones como responsables del impuesto, los sujetos deberán presentar una solicitud para su inscripción en el RUT. La entidad recibirá comentarios y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 24 de junio del 2018, a través del correo electrónico hsanchezc1@dian.gov.co.
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