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Actualizado hace 19 seconds | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Tributario


Fijan procedimiento para acogerse a sistema alternativo de pago a través de la retención en la fuente a título de IVA (12:11 p.m.)

16 de Agosto de 2019

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Nota:
121072
Los prestadores de servicios electrónicos o digitales prestados desde el exterior (numeral 8º del artículo 437-2 del Estatuto Tributario) podrán manifestarle a la Dian su decisión de acogerse voluntariamente al sistema alternativo de pago del impuesto a través de la retención en la fuente a título de impuesto sobre las ventas (IVA). En este evento, el prestador radicará la solicitud ante la coordinación de PQRS de la Subdirección de Gestión de Asistencia al Cliente de la Dirección de Gestión de Ingresos, o a través del servicio de recepción de peticiones, quejas, sugerencias y reclamos “PQSR y Denuncias” de la página web de la entidad, o a través de los medios que se dispongan para tal fin, en la que manifieste la intención de acogerse voluntariamente al sistema, aportando la información señalada en la Resolución 0049 del 2019. Quienes presten servicios en Colombia a través de más de una razón social o comercial deberá presentar la solicitud por cada una de ellas y la información suministrada debe ser consistente con la que los identifican los bancos emisores del exterior.

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